El máximo tribunal rechazó por falta de legitimación la demanda del CECIM contra el artículo 154 del DNU 70/2023. La norma eliminó las restricciones para la compra de tierras rurales por extranjeros. Los excombatientes denunciaron que la decisión “acaba de poner a Argentina en venta”.

La Corte Suprema dejó sin efecto el fallo que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras Rurales impulsada por el gobierno de Javier Milei. El máximo tribunal rechazó la demanda presentada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata y, de ese modo, dejó sin vigencia el freno judicial que pesaba sobre el artículo 154 del DNU 70/2023, mediante el cual el Ejecutivo había eliminado las restricciones a la extranjerización de tierras.
La demanda había sido admitida inicialmente por la Cámara Federal de La Plata. El CECIM había planteado que la eliminación de las protecciones previstas por la Ley de Tierras facilitaba la concentración de grandes extensiones en manos extranjeras y podía afectar la soberanía y la integridad territorial del país.
La Corte, integrada en este caso por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, no se pronunció sobre la constitucionalidad de la norma. Su argumento fue otro: sostuvo que el CECIM no tenía legitimación suficiente para promover esa acción porque no había un caso judicial concreto ni un derecho de incidencia colectiva que pudiera invocar.
“Frente a la clara ausencia de un derecho de incidencia colectiva sobre un bien colectivo, no es posible tener por configurado un caso o controversia”, señalaron los jueces. También cuestionaron a los tribunales inferiores que, según su interpretación, reconocen legitimaciones que se alejan de los requisitos constitucionales para iniciar una causa.
El propio fallo aclaró que la decisión no implica abrir juicio sobre la validez constitucional del artículo 154 del DNU 70/2023 ni supone una intervención sobre las facultades del Congreso. Sin embargo, al rechazar la única demanda que había conseguido frenar judicialmente la derogación de la Ley de Tierras, la resolución despeja el obstáculo que pesaba sobre la medida adoptada por Milei.
El Gobierno ya había intentado avanzar por otra vía cuando la Justicia frenó el DNU. El oficialismo impulsó en el Congreso un proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que finalmente no consiguió avanzar ante la resistencia política y social.

La respuesta del CECIM
El Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas cuestionó con dureza la decisión de la Corte y sostuvo que el tribunal evitó discutir el fondo del planteo.
“En un fallo escueto, la Corte Suprema de Justicia de la Nación acaba de resolver el problema político en que el gobierno de Milei se había metido”, señaló la organización. Para el CECIM, mientras la consigna “LA PATRIA NO SE VENDE” expresaba el rechazo a la medida, el máximo tribunal decidió que no existía un derecho colectivo sobre la soberanía que permitiera discutir la derogación de la Ley de Tierras.
“Acaba de poner, este 29 de septiembre, a la República Argentina en venta”, afirmó la entidad. Según el CECIM, el nuevo escenario permite que extranjeros puedan avanzar sobre tierras en distintos puntos del territorio nacional, incluidas zonas de frontera y áreas de importancia estratégica.
La organización también cuestionó la composición y el funcionamiento de la Corte y responsabilizó política e institucionalmente al máximo tribunal por las consecuencias de la decisión. Para los excombatientes, la resolución termina favoreciendo al Gobierno después de que su intento de eliminar las restricciones a la compra de tierras extranjeras había quedado judicialmente trabado.


