TRAS UN FALLO JUDICIAL, EL GOBIERNO REGLAMENTÓ LA LEY DE EMERGENCIA EN DISCAPACIDAD

La medida se formalizó mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial y establece un nuevo régimen de pensiones no contributivas, con criterios de acceso, permanencia y control, en cumplimiento de una orden de la Justicia federal.

La medida se formalizó mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial y establece un nuevo régimen de pensiones no contributivas, con criterios de acceso, permanencia y control, en cumplimiento de una orden de la Justicia federal.

El Gobierno nacional reglamentó este martes la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, aprobada por el Congreso en julio de 2025, luego de un fallo judicial que ordenó su implementación inmediata. La decisión se instrumentó a través del Decreto 84/2026, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei.

La reglamentación responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que declaró inválido un decreto previo que había suspendido la aplicación de la ley por falta de financiamiento. El tribunal había fijado como fecha límite el 4 de febrero, por lo que el Ejecutivo avanzó con la norma a último momento para cumplir con lo ordenado por la Justicia.

El decreto crea un nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad, definiendo requisitos de acceso, condiciones de permanencia, incompatibilidades con otros beneficios y procedimientos administrativos y de control. En los considerandos, el texto aclara que el sistema deberá articularse con reglas de compatibilidad de ingresos y con políticas de inclusión laboral para personas con discapacidad.

Además, la norma incorpora a la Secretaría Nacional de Discapacidad dentro del Ministerio de Salud, centralizando allí la política pública del área. También instruye a esa secretaría a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para consensuar los criterios de evaluación socioeconómica, presentar un plan de auditorías periódicas en un plazo de 30 días y dictar las normas complementarias necesarias.

Por último, el decreto dispone la conversión automática de las pensiones no contributivas vigentes al nuevo esquema de Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que obliga al Estado a relevar y verificar las prestaciones alcanzadas. Las acciones acordadas con las provincias y la Ciudad de Buenos Aires se implementarán mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento, según las disponibilidades presupuestarias. La reglamentación rige desde el 3 de febrero de 2026.

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