La Ley Bases implica una profunda reforma laboral, perjudicial para los trabajadores y con normas fuertemente anti-sindicales. Instala la libre negociación individual por encima de los convenios colectivos, elimina indemnizaciones y amplía el período de prueba. El artículo 17 habilita el despido con causa por participación en protestas gremiales, categorizando estas acciones como “grave injuria laboral”.
La aprobación de la Ley Bases en el Senado introdujo una serie de reformas laborales, que han sido especialmente perjudiciales para los trabajadores. Entre estas reformas, se destacan las disposiciones que penalizan la participación en protestas gremiales y fortalecen las medidas anti-sindicales. El artículo 17, que modifica el artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), permite el despido con causa si un trabajador participa en bloqueos o tomas de establecimientos durante una protesta gremial, calificando tales acciones como “grave injuria laboral”, lo cual permite la extinción del vínculo laboral.
Reformas Anti-Sindicales
Anteriormente, esta categoría se aplicaba solo en casos de impedimento para trabajar o de daño material a la empresa. Sin embargo, ahora penaliza al trabajador que, voluntariamente, participa en estas actividades durante un conflicto sindical. Las tomas y piquetes han sido históricamente métodos de lucha de la clase trabajadora para equilibrar las relaciones de poder en el mercado laboral.
La nueva ley también tipifica los despidos por discriminación (política, religiosa, de género, etc.), pero concede indemnizaciones especiales en lugar de la actual prohibición de despido, eliminando la posibilidad de reinstalación de delegados y activistas sindicales. Este cambio debilita una herramienta legal crucial para impedir el despido de representantes sindicales.
Además, la ley busca limitar el poder económico de los sindicatos, permitiendo los aportes patronales solidarios solo para trabajadores afiliados, como parte de las negociaciones paritarias.
Modificaciones en la Relación Laboral
La reforma modifica significativamente el espíritu del derecho laboral, que reconoce la relación asimétrica entre empleador y empleado. Entre los cambios, se extiende el período de prueba de tres a seis meses, con posibilidades de extensión hasta ocho meses para empresas medianas y hasta un año para empresas pequeñas, facilitando la alta rotación de empleados sin registración definitiva.
La ley permite la creación de empresas de hasta tres empleados sin relación laboral, bajo la figura de colaboradores monotributistas, y elimina la responsabilidad solidaria de las empresas que tercerizan servicios, desvinculando a los empleados tercerizados de la empresa contratante.
Se eliminan también las sanciones a las empresas que no registren a sus trabajadores, incentivando el empleo informal y limitando la capacidad de acción judicial posterior. La ley normaliza los contratos de servicios o de obra, eliminando la presunción de relación de dependencia y estableciendo una relación comercial en lugar de laboral.
Deslaboralización y Debilitamiento Sindical
La ley introduce el concepto de deslaboralización, permitiendo que los trabajadores acuerden individualmente con el empleador un contrato fuera del convenio de la actividad, debilitando el poder sindical y violando el piso de derechos garantizado por la LCT y los convenios colectivos.
Además, las organizaciones sindicales quedan inhabilitadas para denunciar relaciones laborales irregulares, dejando este derecho exclusivamente en manos del trabajador afectado, quien puede temer represalias y carecer de representación legal y sindical.
La ley también establece el Fondo de Cese Laboral, similar al sector de la construcción, donde las empresas aportan un 8% del salario a un fondo para despidos, cuya gestión podría ser mixta con participación de los gremios.
Impacto en el Empleo Estatal
En el sector estatal, la ley permite un manejo discrecional de los recursos humanos, desprotegiendo a los trabajadores frente a cambios de tareas, lugares de trabajo, jurisdicciones y despidos, incluso durante licencias. Además, limita la acción colectiva sindical, estableciendo el descuento de los días de paro para empleados públicos y poniendo fin a la estabilidad del empleo público, permitiendo el pase a disponibilidad por un año, tras el cual puede finalizar la relación laboral.