La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dejó sin efecto el carácter suspensivo de una cautelar que frenaba artículos clave de la reforma laboral. Con esta decisión, la norma recupera vigencia inmediata mientras sigue en discusión judicial, en un giro que favorece la posición del Gobierno.

La resolución fue firmada por la Sala VIII, con los votos de María Dora González y Víctor Arturo Pesino, quienes hicieron lugar a un planteo del Poder Ejecutivo. De ese modo, se revierte lo dispuesto en primera instancia por el juez Raúl Ojeda, que había otorgado efecto suspensivo a la cautelar sobre 82 artículos de la ley. Para los camaristas, no se configuran los supuestos previstos en la Ley 26.854, ya que la reforma “no afecta a personas vulnerables”, un criterio que contrasta con la tradición del derecho laboral, que considera la relación de trabajo como asimétrica y reconoce una protección especial hacia los trabajadores.
El fallo generó cuestionamientos entre especialistas. El abogado laboralista Nahuel Altieri planteó que la decisión responde a una interpretación restrictiva de las cautelares y sostuvo que el salario tiene carácter alimentario, por lo que sí debería encuadrar en las excepciones previstas por la ley. En la misma línea, Guillermo Pérez Crespo, de la Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas, aclaró que la Cámara aún debe expedirse sobre el fondo de la cuestión: es decir, si corresponde mantener o no la cautelar que había frenado parte de la reforma.
Mientras tanto, la ley 27.802 queda vigente y su aplicación es inmediata, a la espera de nuevas definiciones judiciales. El conflicto podría escalar a la Corte Suprema, ya sea por la vía ordinaria o a través de un per saltum solicitado por el Ejecutivo. En paralelo, la CGT evalúa los próximos pasos en su estrategia, en un escenario que se modificó de manera abrupta y que vuelve a poner en el centro la disputa por la reforma laboral.


