POR DECRETO, EL GOBIERNO FIJÓ EL NUEVO SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL

Tras el fracaso de las negociaciones en el Consejo del Salario, la Secretaría de Trabajo fijó subas mensuales hasta agosto de 2025. Se trata de la primera actualización desde diciembre de 2024, cuando se estableció el último incremento.

Tras el fracaso de las negociaciones en el Consejo del Salario, la Secretaría de Trabajo fijó subas mensuales hasta agosto de 2025. Se trata de la primera actualización desde diciembre de 2024, cuando se estableció el último incremento.

Ante la falta de consenso en el Consejo del Salario, el gobierno nacional oficializó mediante decreto los nuevos valores que regirán para los trabajadores. La Resolución 5/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial, establece un esquema de aumentos escalonados que comenzará a aplicarse a partir de abril de 2025.

La medida se tomó luego de que la sesión plenaria del Consejo, celebrada el martes 29 de abril entre representantes del sector gremial y del ámbito empresario, culminara sin un acuerdo entre las partes involucradas. De esta manera, el Ejecutivo definió unilateralmente los montos mínimos que percibirán los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y entidades del Estado empleadoras.

Los valores actualizados del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que no incluyen las asignaciones familiares, quedaron establecidos de la siguiente manera:

  • A partir del 1 de abril de 2025: $ 302.600 para trabajadores mensualizados con jornada completa y $ 1.513 por hora para trabajadores jornalizados.
  • A partir del 1 de mayo de 2025: $ 308.200 para trabajadores mensualizados y $ 1.541 por hora para jornalizados.
  • A partir del 1 de junio de 2025: $ 313.400 para mensualizados y $ 1.567 por hora para jornalizados.
  • A partir del 1 de julio de 2025: $ 317.800 para mensualizados y $ 1.589 por hora para jornalizados.
  • A partir del 1 de agosto de 2025: $ 322.000 para mensualizados y $ 1.610 por hora para jornalizados.

Las cifras que determinó el Gobierno se ubican a la mitad del valor solicitado por las centrales obreras para abril, que era de $644.165, y mayo, que era $657.703, con un aumento en torno al 120% desde diciembre del 2024. En tanto que el empresariado ofreció $301.500 para abril, $306.500 para mayo y $311.500 para junio, un 1,3% de incremento, es decir, un incremento similar al que finalmente dispuso el Ejecutivo.

Además del ajuste salarial, la resolución también establece modificaciones en Prestación por Desempleo. El monto será equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual de los seis 6 meses anteriores al cese del contrato de trabajo.

Asimismo, se dispone que «en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente».

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