UN VETO EN DISCUSIÓN: LA JUSTICIA FRENA AL EJECUTIVO EN EL CASO DE LA LEY DE DISCAPACIDAD

Un fallo del Juzgado Federal de Campana hizo lugar a un amparo y restableció la vigencia de la norma para dos menores de edad. La medida no es general, pero abre la puerta a nuevos reclamos en los tribunales.

El Juzgado Federal de Campana declaró inválido el veto presidencial a la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, en el marco de un amparo presentado por dos personas en representación de menores de edad. La resolución judicial alcanza únicamente a los casos denunciados, pero constituye el primer antecedente que cuestiona la constitucionalidad del decreto con el que el Poder Ejecutivo había anulado la norma.

El fallo declaró específicamente la invalidez del artículo 3 del Decreto 534/2025, que dispuso el veto total de la Ley 27.793. En consecuencia, la obra social de los menores involucrados deberá restituir prestaciones suspendidas y adecuarlas a lo que establecía la legislación vetada.

El juez también resolvió que los costos del proceso queden a cargo del Estado Nacional, al tiempo que reconoció que el amparo tenía fundamentos suficientes para ser admitido en forma parcial. Según fuentes judiciales, el Gobierno podrá apelar la decisión, pero mientras tanto la sentencia tiene plena vigencia en los casos alcanzados.

Si bien la medida no se aplica en forma general, especialistas en derecho constitucional señalan que se trata de un precedente relevante para otros reclamos. “Este tipo de resoluciones pueden multiplicarse en distintos juzgados y terminar conformando una tendencia que debilite la posición del Ejecutivo”, explicaron.

El caso se suma a una serie de planteos judiciales contra el veto presidencial, que había generado fuertes críticas de organizaciones sociales y de defensa de los derechos de las personas con discapacidad. Con este pronunciamiento, la Justicia empieza a dar respuestas concretas a demandas individuales, lo que podría abrir un escenario de mayor litigiosidad en los próximos meses.

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